La Visa de Inversionista E-2 ofrece una excelente oportunidad a aquellos extranjeros que desean vivir y trabajar en los Estados Unidos de América y que tienen un capital disponible para invertir en un negocio americano. Esta visa de no inmigrante permite a un nacional de un país con el cual Estados Unidos de América mantiene un tratado de comercio, ser admitido cuando invierte una cantidad sustancial de capital en una empresa estadounidense. De igual forma, ciertos empleados de dicha persona o de una organización calificada también pueden ser elegibles para una visa bajo esta clasificación.
REQUISITOS GENERALES DE UN INVERSIONISTA POR TRATADO COMERCIAL E-2
Para calificar para la VISA E-2, el inversionista por tratado debe cumplir con una serie de requistos, como por ejemplo:
- Ser ciudadano de un país con el cual EUA mantiene un tratado de comercio.
- Haber invertido, o está activamente en el proceso de inversión, de una cantidad sustancial (mínimo $200,000 USD) de capital en una empresa genuina estadounidense.
- Ingresar a los Estados Unidos de América únicamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión. Esto se establece mostrando propiedad de al menos el 50% de la empresa o posesión del control operacional a través de un puesto gerencial u otro dispositivo corporativo.
¿Qué se considera una inversión?
- La colocación del capital del inversionista, incluidos fondos y/u otros activos, en riesgo con el objetivo de generar una ganancia.
- El capital debe estar sujeto a pérdidas parciales o totales si la inversión falla.
- El inversionista debe demostrar que los fondos no se han obtenido, directa o indirectamente, de actividades delictivas.
¿Qué se considera una cantidad sustancial de capital?
- Sustancial en relación con el costo total de comprar una empresa establecida o establecer una nueva.
- Suficiente para garantizar el compromiso financiero del inversionista por tratado con la operación exitosa de la empresa.
- De una magnitud que respalde la probabilidad de que el inversionista por tratado desarrolle y dirija exitosamente la empresa. Cuanto menor sea el costo de la empresa, mayor será, proporcionalmente, la inversión que debe considerarse sustancial.
Una empresa genuina se refiere a una empresa comercial o emprendedora real, activa y operativa que produce servicios o bienes con fines de lucro. Debe cumplir con los requisitos legales aplicables para hacer negocios dentro de su jurisdicción.
¿Cuáles son los requisitos generales del empleado de un inversionista E-2?
Para calificar para la clasificación E-2, el empleado de un inversionista de tratado debe tener la misma nacionalidad del empleador extranjero principal (que debe tener la nacionalidad del país del tratado), cumplir con la definición de “empleado» bajo la ley relevante, o bien participar en funciones de un carácter ejecutivo o de supervisión. Si se emplea en una capacidad menor, debe entonces poseer calificaciones especiales.
De otra forma, es si el principal empleador extranjero no es un individuo, debe ser una empresa u organización en la cual al menos un 50% de los propietarios en EUA tengan la nacionalidad del país del tratado. Estos propietarios deben mantener el estatus de inversionista por tratado. Si los propietarios no están en EUA, deben ser, si buscaran la admisión a este país, clasificables como inversionistas por tratado no inmigrantes.
Las calificaciones especiales son habilidades que hacen que los servicios del empleado sean esenciales para la operación eficiente del negocio. Estos incluyen, pero no están limitados a:
- El grado de experiencia comprobada en el área de operaciones del empleado.
- Si otros poseen las habilidades específicas del empleado.
- El salario que las calificaciones especiales pueden exigir.
- Si las habilidades y calificaciones están disponibles en Estados Unidos de América.
¿Cuál es el periodo de estadía autorizado bajo una Visa E-2?
- Los inversionistas y empleados tendrán una estadía inicial máxima de 2 años.
- Las solicitudes de prórroga de estadía pueden otorgarse en incrementos de hasta dos años cada una.
- No hay un límite máximo para la cantidad de extensiones que se le puede otorgar.
- Sin embargo, todos los no inmigrantes E-2 deben mantener la intención de abandonar EUA cuando su estatus venza o sea cancelado.
- A un no inmigrante E-2 que viaja al exterior generalmente se le puede otorgar un período automático de readmisión de 2 años cuando regrese a EUA.
¿Cuáles son los términos y condiciones del Estatus E-2?
Un inversionista o empleado solo puede trabajar en la actividad para la que fue aprobado en el momento en que se otorgó la E-2. Sin embargo, un empleado E-2 también puede trabajar para la empresa matriz de la organización del tratado o una de sus subsidiarias, siempre que:
- Se establezca una relación entre las organizaciones.
- El empleo subsidiario requiere habilidades ejecutivas, de supervisión, o esenciales.
- Los términos y condiciones de empleo no hayan cambiado.
¿Cuáles son los beneficios para la familia del inversionista y empleados de Tratados E-2?
Los inversionistas y empleados del tratado pueden estar acompañados o seguidos por cónyuges e hijos solteros menores de 21 años. Es importante señalar, que la nacionalidad de los familiares no necesitan ser las mismas que las del inversionista o empleado del tratado. Ademas, estos miembros de la familia pueden solicitar la clasificación de no inmigrante E-2 como dependientes y, si se aprueba, generalmente se les otorgará el mismo período de estadía que el empleado.
Si los miembros de la familia ya están en EU pueden solicitar un cambio de estatus o una extensión de la estadía en una clasificación dependiente E-2, y los cónyuges de los trabajadores E-2 pueden solicitar autorización para trabajar. Si se aprueba, no existe una restricción específica sobre dónde puede trabajar el cónyuge E-2.
Como se menciona anteriormente, el inversionista o empleado del tratado E-2 puede viajar al exterior y generalmente se le otorgará un período de readmisión automático de 2 años cuando regrese a EUA. A menos que los miembros de la familia estén acompañando al inversionista o empleado del tratado E-2 en el momento en que este último busca la readmisión en Estados Unidos de América, el nuevo período de readmisión no se aplicará a los miembros de la familia.